¿Qué es el Formulario I-130? Instrucciones, Tasa de Presentación y Petición de Familiar Extranjero

¿Qué es el Formulario I-130? Instrucciones, Tasa de Presentación y Petición de Familiar Extranjero

Los procesos para (1) que un individuo ingrese a los EE. UU. y (2) que uno de sus familiares ingrese a los EE. UU. requieren formularios diferentes. Incluso si un individuo realiza con éxito un ajuste de estatus para residencia permanente legal, todavía deberá presentar una petición para que sus familiares ingresen al país legalmente.

Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

Antes de que el familiar pueda comenzar a pedir una tarjeta verde, el ciudadano estadounidense debe completar  el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para establecer que existe una relación familiar válida entre las dos partes. Este formulario generalmente se conoce como el formulario I-130 o petición I-130.

Instrucciones del Formulario I-130

Actualmente existen dos formas de someter r el  Formulario I-130: en línea o por correo tradicional. Si desea someter  la petición electrónicamente, se le requerirá que se registre para obtener una cuenta del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS por sus siglas en inglés). Además de facilitar la tramitación, la  cuenta también agilizará su capacidad de recibir alertas sobre su caso, cargar documentos de apoyo, ver la correspondencia del caso y verificar su estado actual. Usted es elegible para entregar el formulario I-130 en línea si su familiar se encuentra en los EE. UU. y tiene planes de enviar físicamente por correo su Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

Si presenta el I-130 por correo y vive en los EE. UU., deberá confirmar su dirección de presentación del I-130. La lista de oficinas a las que puede enviar su petición por correo se puede encontrar aquí en el sitio web de USCIS. La ubicación a la que se envía dependerá del estado en el que vive actualmente y del estado del formulario I-485 de su familiar. Luego, la petición se enviará desde una caja de seguridad en Phoenix, AZ; Dallas, TX; o Chicago, IL a un centro de servicio de USCIS para su procesamiento.

Si no vive en los EE. UU. y desea presentar una petición I-130, puede presentarla en línea o en la caja de seguridad de USCIS en Dallas. Dependiendo de sus circunstancias, es posible que también pueda presentar la solicitud en la Embajada de los Estados Unidos más cercana. USCIS rechazará su petición si no se completan correctamente todas las secciones.

¿Qué Documentos Debo Incluir en mi Petición del Formulario I-130?

Al presentar una petición del Formulario I-130 con USCIS, también debe incluir varios  documentos de apoyo como evidencia. Estos documentos deben demostrar tanto (1) que usted y el miembro de la familia tienen una relación legítima  y (2) que se le permite presentar el formulario I-130 en primer lugar. Los documentos que deben ser presentados con una petición I-130 incluyen los siguientes:

  • Prueba de que existe una relación familiar legalmente válida
  • Prueba de que la relación no es falsa de ninguna manera.
  • Prueba de que el patrocinador ya es titular de una tarjeta verde o es ciudadano estadounidense
  • Prueba de la nacionalidad del individuo que busca una tarjeta verde
  • Prueba de cualquier cambio de nombre que pueda ocurrir o haya ocurrido por parte del patrocinador o  el individuo que busca la tarjeta verde

Por ejemplo, quienes presentan una tarjeta verde basada en la familia deben incluir una copia del certificado de nacimiento del patrocinador como prueba de que son ciudadanos estadounidenses.

En caso de que un documento requerido no esté disponible, se le pedirá que presente algún tipo de documentación alternativa. Típicamente llamados “evidencia secundaria”, estos documentos son necesarios para que USCIS tome una decisión sobre su petición I-130.

Si no tiene acceso a su certificado de nacimiento, puede obtener una declaración de la agencia gubernamental de su país de origen que indique que su certificado de nacimiento no está disponible. Si no puede hacer esto, debe obtener registros diferentes – como un certificado religioso o un registro escolar – que muestren hechos sobre su nacimiento. USCIS también aceptará declaraciones escritas de familiares que puedan confirmar los hechos de su nacimiento. Un abogado de inmigración también puede ayudar a obtener los documentos aplicables que pueden sustituir la información requerida.

Elegibilidad del Formulario I-130

Los individuos que actualmente son ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones I-130 para sus hijos, padres, cónyuges y hermanos. Las personas que actualmente son titulares de una tarjeta verde solo pueden presentar peticiones I-130 para sus hijos solteros o cónyuges. Cuando un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde presenta el Formulario I-130, se convierte en el «patrocinador» o «peticionario». El individuo que busca la tarjeta verde se convierte en el “beneficiario”.

¿Quién no puede presentar una petición I-130?

Incluso cuando existen relaciones familiares válidas, existen ciertas circunstancias que pueden excluir a un patrocinador de presentar el Formulario I-130. No puede presentar una petición I-130 por lo siguiente:

  • Su cónyuge, si usted y su cónyuge no estuvieron físicamente presentes en la ceremonia matrimonial
  • Su cónyuge, si usted es únicamente titular de una tarjeta verde debido a un matrimonio anterior con un ciudadano estadounidense; usted puede presentar una solicitud en nombre de su cónyuge si usted es ciudadano naturalizado o ha tenido una tarjeta verde durante al menos cinco años .
  • Su cónyuge, si se casó con él/ella mientras estaba involucrado en algún procedimiento judicial de inmigración, como una expulsión del país.
  • Un niño adoptado o un padre adoptivo, si la adopción ocurrió después de que el niño cumpliera dieciséis años.
  • Un padrastro o hijastro, si el matrimonio que causó la relación ocurrió después de que el niño cumpliera dieciocho años.
  • Un padre biológico, si se convirtió en ciudadano estadounidense u obtuvo una tarjeta verde por  adopción.
  • Cualquier abuelo, nieto, tío, tía, primo, sobrina, sobrino o suegro.
  • Cualquier familiar, si USCIS decide que el beneficiario sólo se casó o intentó casarse por motivos de inmigración.

Algunos de estos casos tienen excepciones en las que es posible que aún pueda presentar una petición I-130 si tiene la documentación de apoyo adecuada.

Tasa de presentación del I-130

Aunque un I-130 es un requisito previo necesario para la solicitud de residencia permanente legal de un familiar, todavía existe un costo. Este costo se llama “tasa de presentación” y se paga a USCIS enviando un cheque por correo o utilizando una tarjeta de crédito (consulte el Formulario G-1450 ). La tasa de presentación del Formulario I-130 es $535 actualmente.

¿Qué Sucede Después de que se Aprueba su I-130?

Una petición I-130 por sí sola no otorga residencia permanente legal, sino que abre las puertas para que un individuo la solicite. Lo que suceda después de presentar la solicitud dependerá del contexto de su relación con el beneficiario. Si son un “familiar inmediato” (el cónyuge de un ciudadano estadounidense, hijos solteros, huérfano adoptado o padre), normalmente se les permitirá avanzar en el ajuste de su estatus. Si están en la categoría de “Preferencia familiar” (hijos solteros mayores de 21 años, cónyuge e hijos solteros de un residente permanente, hijos adultos solteros de residentes permanentes, hijos e hijas casados ​​y hermanos de ciudadanos estadounidenses), podrían tramitar  una tarjeta verde o ruta diferente  porque el período de espera para el ajuste de estatus es más largo.

Tiempo de Procesamiento I-130 para Cónyuge y Otros Familiares Inmediatos

La cantidad de tiempo que lleva procesar su petición I-130 depende en gran medida del contexto de su relación familiar. Si usted es titular de una tarjeta verde y solicita que un familiar inmediato, que incluye a un cónyuge, un padre o un hijo, ingrese al país, el tiempo de procesamiento probablemente caerá entre 13 y 19 meses. Si usted es ciudadano estadounidense y solicita a un familiar inmediato, los tiempos de procesamiento del I-130 probablemente fluctuarán  entre 15 y 20 meses. Si usted está presentando una petición I-130 de categoría de preferencia familiar, puede variar entre 13 meses y varios años antes de ser aprobada.

Cuanto más rápido presente el formulario I-130, mayores serán sus posibilidades de que se procese de manera oportuna. Cuanto más espere, más obstáculos posibles  encontrará. La oficina local de USCIS que recibe su petición también influye en cuán rápido es el procesamiento de su I-130. Además, recuerde que USCIS puede rechazar cualquier solicitud sin evidencia suficiente, así que asegúrese de buscar una lista de verificación I-130 para padres u otros familiares y enviar toda la información necesaria.

¿Cómo Puede Ayudarle Scott D. Pollock & Associates, PC a Presentar una Petición I-130?

Hay muchas etapas en el proceso I-130 que pueden requerir aclaraciones adicionales. Especialmente si es la primera vez que trata con USCIS o el inglés no es su primer idioma, el proceso de navegar por las regulaciones de la agencia puede ser extremadamente difícil.

Contratar a un abogado de inmigración con experiencia puede hacer que sea mucho más fácil entender lo que se espera de usted y cómo obtener los documentos requeridos. Le ayudaremos tanto como nos sea posible en recopilar y presentar pruebas ante USCIS para aumentar sus posibilidades de traer con éxito  a sus familiares a los EE. UU.

Contacte a  Scott D. Pollock & Associates, P.C. completando  nuestro formulario en línea o llámenos al (312) 444-1940 para comenzar. Cuanto más espere, más tiempo pasará antes de que sus seres queridos puedan ingresar al país.

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